Municipio de Panama
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Auditoria Interna

Los fundamentos legales que dan vida y actividad a la Auditoría Interna dentro del Municipio de Panamá se establecen en el Acuerdo Municipal Nº 7 del 11 de enero de 1996, a través del cual se adopta la estructura Administrativa del Municipio de Panamá y se definen los objetivos de cada función administrativa.

El proceso de auditoría interna contempla supervisión de la legislación, normas y políticas, así como el cumplimiento en la entidad de sus objetivos, metas, presupuestos y programas.

ESTRUCTURA INTERNA

  • Auditoría Administrativa
  • Auditoría Financiera
  • Auditoría de Sistemas
  • Auditoría Especial

OBJETIVOS

  • Asegurar la efectiva rendición de cuentas obre el uso adecuado de los recursos municipales encomendados a la administración, por medio de un sistema de contabilidad confiable y oportuno.
  • Evaluar la eficacia de los sistemas de administración y finanzas y de los instrumentos de control interno a ellos incorporados.
  • Evaluar la eficacia de su organización, planificación, dirección y control, así como la eficiencia, efectividad y economía con que se han ejecutado las operaciones.
  • Evaluar si los resultados obtenidos corresponden a lo planificado y presupuestado dentro del marco legal y los objetivos institucionales
  • Coadyuvar en la observación de la legislación, las normas y políticas a las que esté sujeta la entidad, así como el cumplimiento de sus objetivos, metas y presupuestos programados.
  • Promover la existencia de parámetros o guías que permitan medir la eficiencia de la administración y los resultados obtenidos.
  • Asegurar que la entidad haya tomado las debidas protecciones para la conservación y control de sus recursos o activos y sus derechos y obligaciones .l

FUNCIONES

  • Organizar, planificar, dirigir y controlar las funciones de su cargo, en forma técnica, independiente y profesional.
  • Asegurar que las labores de los auditores estén enmarcados en las normas, principios y procedimientos por la Contraloría General e la República y aquellas de carácter general que rigen la profesión del Contador Público Autorizado.
  • Formular un plan anual de actividades con base en los objetivos institucionales y la coordinación con las unidades administrativas.
  • Evaluar permanente los sistemas de operación, los sistemas computarizados y los procesos de control interno a ellos incorporados, introducir mejoras e innovaciones cuando éstas se ameriten.
  • Actuar en todo tiempo con imparcialidad en sus apreciaciones sobre los hechos y actos examinados, cumpliendo con los conceptos de ética profesional.
  • Asegurar la calidad profesional de los trabajos de su personal, dentro del marco legal y normativo vigente (principios éticos, normas de auditoría, reglamento internos, etc.)
  • Generar la actualización permanente de los conocimientos técnicos de los auditores, en los diversos campos de su especialización institucional.
  • Mantener comunicación y coordinación permanente con la Contraloría General de la República, especialmente para formular el Plan Anual de Auditoría y para asegurar el seguimiento de las recomendaciones resultantes de los trabajos ejecutados.
  • Recibir y atender denuncias y quejas de terceros a cerca de los actos de manejo de los servidores públicos de la entidad.
  • Enviar oportunamente al titular de la institución (Alcalde), los planes anuales e informes de Auditoría que se desprendan de su trabajo, en los términos y plazos que establezca la normatividad correspondiente. Una copia del plan anual y del informe de Auditoría deberá ser enviado a la Contraloría General de la República.
  • Crear y mantener una imagen de credibilidad y alto nivel profesional en las ejecutorias de la unidad de Auditoría Interna y sus miembros.
  • Asegurar que los miembros de la unidad cumplan debidamente sus obligaciones a través de las planeación y ejecución del trabajo de Auditoría conforme a las normas y procedimientos aplicables en el ámbito gubernamental.
  • Ejecutar todas aquellas otras labores de control y verificación que le sean propias, en el marco funcional de cada institución pública.

 

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